El BOP 196 de la Diputación Provincial de Badajoz publicó el pasado día 14 de octubre las nuevas instrucciones sobre  tramitación de contratos menores a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 7, a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Estas disposiciones tratan de implementar un procedimiento más transparente en la tramitación de contratos públicos, al tiempo que persiguen dar mayor agilidad y simplificar la tramitación administrativa aportando garantías adicionales a las legalmente previstas.

De esta forma, se trata de reforzar los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos e igualdad de trato y no discriminación entre los candidatos para legitimar así la actuación administrativa frente a ciudadanos y empresas.

La nueva reglamentación tiene por objeto regular la tramitación administrativa y contable de los contratos menores financiados con cargo a los créditos de los programas de gasto de las distintas áreas, organismo autónomos y consorcios de la Corporación Provincial.

Se consideran contratos menores los de importe inferior a 50.000 euros cuando se trate de contratos de obras o a 18.000 euros cuando se trate de otros contratos.

En las cuantías citadas y demás umbrales o límites cuantitativos que se fijan en la presente instrucción no se incluye el importe del impuesto del Valor Añadido.

En lo que respecta al régimen jurídico, los contratos no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga. Tampoco podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan.

Las comunicaciones e intercambios de información que deban efectuarse en los procedimientos regulados mediante estas nuevas instrucciones se efectuarán, preferentemente, de acuerdo con lo que establezcan los órganos de contratación o los órganos a los que corresponda su resolución por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

Todos los órganos de contratación de las diferentes áreas de la Diputación Provincial de Badajoz así como sus organismo autónomos y consorcios deberán proceder a publicar en el perfil del contratante, al menos de forma trimestral, una relación de todos los contratos menores que tramiten con independencia de su cuantía.