Ya se encuentra abierta la convocatoria de ayudas realizada por la Junta de Extremadura, Consejería de Economía e Infraestructuras, para la mejora de la competitividad del comercio minorista de Extremadura.

¿QUIERES DARTE DE ALTA COMO AUTÓNOMO PARA INICIAR UNA ACTIVIDAD COMERCIAL, O ERES UN COMERCIO YA PREESTABLECIDO?

La Consejería de Economía e infraestructuras de la Junta de Extremadura ha convocado en el DOE del martes, 27 de diciembre de 2016, la ORDEN correspondiente a las ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura.

Estas ayudas tienen como finalidad la modernización del comercio preestablecido, así como la incorporación de empresarios autónomos a la actividad comercial y la creación de microempresas y pequeñas y medianas empresas comerciales, en Extremadura.

Los gastos subvencionables serán exclusivamente los referidos a la salas de venta, entendiendo como tal la parte del establecimiento que se destina a exposición de productos, estancia del público y normal remate del acto de compra.

El plazo para solicitar las subvenciones finaliza el día 26 de enero de 2017.

En resumen, podrá subvencionarse las siguientes categorías de gastos:

a) Las obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al mismo.

b) La adquisición de mobiliario.

c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad.

d) La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas.

e) La adquisición de terminales del punto de venta.

f) La adquisición de programas de gestión.

g) Los gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes.

h) Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético.

i) Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.

j) Inversiones para mejorar y optimizar la iluminación interior y exterior del establecimiento comercial.

El proyecto de inversión deberá contemplar la adquisición de un terminal punto de venta, salvo en el caso de que ya lo dispusiera, en cuyo caso deberá acreditarlo. Las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos elegibles, con un límite máximo global por establecimiento de 20.000 euros. El importe mínimo de la inversión a realizar es de 2.000 euros.

Estas subvenciones tienen un carácter anual, por lo que una vez finalizado el plazo de solicitudes será necesario esperar a la próxima convocatoria en 2018.