El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la convocatoria de becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas, que participen en acciones formativas y prácticas profesionales no laborales incluidas en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) dirigida a personas trabajadoras desempleadas. La Consejería de Educación y Empleo destina 1.800.000 euros.

Esta convocatoria tiene como finalidad conceder becas y ayudas de transporte, manutención y alojamiento y manutención a que tengan derecho las personas trabajadoras desempleadas que participen en las acciones formativas y, en su caso, prácticas profesionales no laborales que forman parte de ellas, que se ejecuten en el marco de la oferta formativa pública del SEXPE, dirigida a personas trabajadoras desempleadas.

Podrán percibir también la beca prevista las personas desempleadas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, siempre y cuando carezcan de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida del citado tope la parte proporcional de dos pagas extraordinarias y cumplan los requisitos específicos. La beca tendrá una cuantía de 9 euros por día de asistencia.

Las personas trabajadoras desempleadas que asistan a las modalidades de formación tendrán derecho a ayudas en concepto de transporte, manutención y, en su caso, alojamiento y manutención.

El alumnado de los Centros de Referencia Nacional ‘Centro de Formación Ocupacional de Don Benito’ y ‘Escuela Superior de Hostelería y Agroturismo de Extremadura’, que no dispongan de medios de transporte para desplazarse a su domicilio, tendrán derecho al alojamiento y manutención diarios en dichos centros, siempre que haya disponibilidad de plaza de residencia.

SOLICITUDES

Las solicitudes de becas y ayudas se presentarán ante la Dirección General de Formación para el Empleo, en el plazo de 15 días desde la finalización de la acción formativa y/o de las prácticas profesionales no laborales.

En el caso de abandono del curso y/o prácticas profesionales no laborales, por causa justificada, por enfermedad o colocación laboral, la solicitud deberá presentarse en el plazo de 15 días desde la fecha de efectividad de dicho abandono.

En el caso de instar los pagos anticipados, la solicitud de dichos abonos deberá presentarse en el plazo de 15 días a contar desde el siguiente al inicio de la acción formativa.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses.