La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, a través del Diario Oficial de Extremadura (DOE), ha publicado hoy lunes la orden para la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura en el ejercicio 2019-2020.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas para la reestructuración y reconversión de viñedos los viticultores, ya sean personas físicas o jurídicas, que no se hallen incursas en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación.

Estas ayudas van dirigidas la reconversión varietal, la reimplantación de viñedos y la mejora de las técnicas de gestión de viñedos: cambio de vaso a espaldera.

Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria cuentan con una cuantía total de 9.000.000 euros, de los que 8.000.000 euros se imputarán en 2019 y el resto en 2020.

Estos serán financiados en su totalidad por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y tendrán la condición de ampliables o minorables en función de los derechos reconocidos o los compromisos de ingresos, por lo que podrán incrementarse en el caso de futuras asignaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la Comunidad Autónoma de Extremadura para la financiación de estas ayudas.

El plazo de presentación de solicitud será de veinte días hábiles contados a partir de mañana, 12 de marzo.

Asimismo, se podrá optar a un anticipo de hasta un máximo del 60 por ciento de la ayuda, debiendo constituirse una garantía por un importe igual al 120 por ciento del anticipo de la ayuda y debiendo haberse comenzado la ejecución de la medida.

Publicada la convocatoria de ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores en 2019.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado hoy lunes la orden por la que se establece la convocatoria de ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en Extremadura, para el ejercicio 2019.

Podrá acceder a la subvención el joven agricultor o agricultora que se establece en una explotación agraria por primera vez como titular de la explotación y podrá establecerse de forma individual, o junto con otros agricultores y agricultoras, en cualquier forma jurídica.

La fecha de establecimiento será aquella en la que la persona joven interesada inscribe una explotación por primera vez en el registro de explotaciones agrarias y la presente ayuda podrá solicitarse hasta 24 meses después de esta fecha de establecimiento.

La dotación de la convocatoria para el pago de las subvenciones previstas en esta orden será de 30.000.000 de euros y la ayuda consistirá en una prima que comprende dos conceptos, una prima básica y unos incrementos.

En este sentido, la cuantía de la prima básica se establece en 15.000 euros que se pueden incrementar hasta un máximo de 70.000 euros, en función de que en el plan empresarial estén previstos gastos para la puesta en marcha de la explotación.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que comenzará a contar desde mañana 12 de marzo y el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones previstas en el año inicial del plan empresarial será de nueve meses, que empezarán a contar desde el día siguiente a que se notifique la resolución de concesión.