COMUNICADO DE FEDESIBA
En cumplimiento del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la Presidencia de la Federación para el Desarrollo de Sierra Grande-Tierra de Barros (FEDESIBA), adopta las siguientes medidas preventivas, que serán de aplicación en las dos unidades administrativas de la entidad:
- Unidad Administrativa de Villafranca de los Barros Centro Integral de Desarrollo Tierra de Barros-Río Matachel C/ Infanta Elena, nº 6. 06220 Villafranca de los Barros 924.52.08.52
- Unidad Administrativa de Santa Marta de los Barros Centro Integral de Desarrollo Tierra de Barros C/ Camilo José Cela, 1. 06150 Santa Marta de los Barros 924.69.08.10 www.fedesiba.com
1º.- Se suprime el horario de atención al público para la gestión de cualquier trámite administrativo, por lo que para dicha tramitación o consulta puede ponerse en contacto con los técnicos de la entidad, que estarán trabajando, bien en las dependencias o en modo teletrabajo, a través de las siguientes direcciones de correo electrónico y teléfonos:
Antonio Flores Coleto (Gerente) afcoleto@fedesiba.com 669886318
María Miranda García (Coordinadora) mariam@fedesiba.com 650466298
David Picón Durán (Técnico) dpicon@fedesiba.com 609233640
Domi Pintado Barrantes (Administrativo) dpintado@fedesiba.com 638392234
2º.- En aplicación de la Disposición adicional tercera. Suspensión de plazos administrativos.
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- 1. Se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
- 2. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
COMUNICADO DEL CEDER CAMPIÑA SUR
Por la presente comunican que en el DECRETO 17/2020, de 15 de marzo, por el que se determinan los servicios públicos básicos de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público institucional, ante la declaración del estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en su disposición adicional segunda.
Suspensión de plazos administrativos, de prescripción y caducidad, se establece que “De conformidad con lo dispuesto en las disposiciones adicionales tercera y cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de la Administración de la Comunidad Autónoma y su sector público institucional, así como los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos, durante la vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten.”
Esta circunstancia afecta a todos los trámites y procedimientos administrativos abiertos desde el Centro de Desarrollo Rural Campiña Sur en general, y en particular a la gestión de la Medida 19 LEADER del PDR DE EXTREMADURA 2014-2020 en sus diferentes convocatorias.
COMUNICADO DEL CEDER LA SIBERIA
La Presidenta del CEDER LA SIBERIA, en relación al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, adopta las siguientes medidas preventivas que serán de aplicación en la Oficina Técnica del CEDER LA SIBERIA:
a)Se suspende la atención al público de modo presencial para cualquier gestión o trámite administrativo; habilitando la atención al público de modo telefónico o telemático. El Equipo Técnico estará a disposición de los/as usuarios/as en la sede electrónica y en las siguientes direcciones y teléfonos:
TELÉFONOS:
ADMINISTRACIÓN
924 650 768
OFICINA TÉCNICA
620 993 428
GERENCIA
620 993 426
Email: ceder@comarcalasiberia.com
Sede Electrónica: http://comarcalasiberia.sedelectronica.es
b)El registro de documentación se realizará a través de la sede electrónica del CEDER La Siberia.
c)Se informa de la Disposición Adicional Tercera del Decreto 463/2020. Suspensión de plazos Administrativos.
1.Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
2.La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
d)Esta situación se extenderá tanto en cuanto perdure la vigencia del real decreto indicado o, en su caso, las prórrogas del mismo.
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