Como continuación a la comunicación realizada el pasado 16 de marzo en la que se trasladaba que:

“… De conformidad con lo dispuesto en las disposiciones adicionales tercera y cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de la Administración de la Comunidad Autónoma y su sector público institucional, así como los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos, durante la vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten.”

El CEDER Campiña Sur indica que ya es de aplicación lo recogido en el artículo 9 del Real Decreto 537/2020 publicado en el BOE núm. 145, de 23 de mayo de 2020, que establece:

«…Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas».

Por tanto, los plazos afectados por la suspensión decretada con la declaración del estado de alarma referidos a los trámites y procedimientos administrativos abiertos desde el Centro de Desarrollo Rural Campiña Sur en general, y en particular a la gestión de la Medida 19 LEADER del PDR DE EXTREMADURA 2014-2020 en sus diferentes convocatorias se han reanudado con efecto desde hoy 1 de junio de 2020.