El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, ha publicado hoy el convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Badajoz y la Diputación de Badajoz, por el que ésta acepta la encomienda de gestión y la delegación de de funciones recaudatorias del Ayuntamiento efectuada, según acuerdo plenario adoptado en sesión de fecha 30 de enero de 2020, para la tramitación de los procedimientos sancionadores en materia de contaminación acústica.  La Diputación ratificó el pasado 5 de junio el acuerdo del Consejo Rector del OAR  de 1 de junio pasado.

La Ordenanza municipal de protección ambiental en materia de contaminación acústica aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Badajoz el 25 de febrero de 1997, señala que corresponde al consistorio velar por la calidad del medio ambiente urbano actuando contra las agresiones producidas por liberación de energía acústica en sus manifestaciones más representativas: ruidos y vibraciones, regulando las potestades inspectoras y sancionadoras y tipifica las infracciones y sanciones correspondientes.

La encomienda de gestión comprende, entre otras,  las actuaciones de  recepción de los documentos, actuaciones, actos o iniciativas a través de las cuales se comuniquen la posible comisión de una infracción. Las actuaciones previas para determinar, junto al Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento, si concurren las circunstancias que justifiquen la iniciación de un expediente sancionador. La remisión al Ayuntamiento de la propuesta de acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador correspondiente o del informe sobre su improcedencia. La de proponer a la Alcaldía el nombramiento del instructor y, en su caso, secretario del expediente, que serán ambos funcionarios provinciales. La tramitación del expediente hasta la redacción de la propuesta de resolución para su consideración por la Alcaldía, incluyendo la práctica de las pruebas con la asistencia de los técnicos municipales, las notificaciones pertinentes, así como la recepción de alegaciones, documentos o informaciones presentadas por los interesados.

Por su parte, corresponde al Ayuntamiento, entre otras actuaciones,  las de  poner en conocimiento del OAR los hechos que pudieran constituir infracción en la materia objeto de este convenio, obligándose a agilizar la entrega de informes solicitados a los técnicos y facilitar las prácticas de las pruebas que se propongan en el menor plazo posible. Del mismo modo, deberá remitir todas las alegaciones o documentos que se presenten en sus oficinas en cualquier fase del procedimiento y que sean relevantes para el procedimiento.

Por este convenio, el Organismo Autónomo de Recaudación realizará todas las actuaciones y confeccionará todos los documentos preceptivos para proceder al cobro de las sanciones tanto en vía voluntaria como ejecutiva, debiendo abonar el Ayuntamiento al OAR los porcentajes que recoge el convenio, según se trate de periodo voluntario o ejecutivo.

Se recoge igualmente la constitución de una comisión mixta para el  seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como una estipulación relativa a la gestión de la seguridad de la información y protección de datos.

El convenio entrará en vigor el miércoles,  8 de julio de 2020.