Desde hoy viernes, 2 de octubre, los hoteles ubicados en municipios de más de 20.000 habitantes y las agencias de viajes de la provincia de Badajoz, pueden solicitar las subvenciones puestas en marcha por la Diputación de Badajoz, a través del Área de Transformación Digital y Turismo, dotadas con un presupuesto de 500.000 euros.

Estas ayudas, fruto del convenio de colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y las diputaciones provinciales de Badajoz y Cáceres, están destinadas a incentivar la demanda turística y reactivar la economía, las empresas y el empleo en el sector turístico de Extremadura, tras los efectos de la pandemia provocada por la COVID 19.

Para ello se ha diseñado un sistema de subvenciones a los establecimientos, que conlleven un descuento considerable, tanto en alojamientos turísticos , como en las actividades que el visitante contrate durante su estancia, en un porcentaje máximo del 50 % del coste del servicio, y en un 75% en el caso de que el contratante pertenezca al personal sanitario, así como a otros colectivos considerados trabajadores esenciales  (anexo 1 del Real Decreto –ley 10/2020, de 29 de  marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios  esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19).

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, con centros operativos en los municipios de más de 20.000 habitantes y agencias de viajes de la provincia, dados de alta en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de la Junta de Extremadura. Además, se deberá acreditar haber tenido actividad al menos desde el 31 de diciembre de 2019, hasta el inicio del estado de alarma el 14 de marzo de 2020. El beneficiario estará obligado a mantener la actividad económica durante al menos 3 meses desde la resolución de la convocatoria.

La convocatoria abierta se desarrollará en dos fases: en la primera , el plazo máximo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales desde hoy, 2 de octubre, fecha de publicación en el BOP.

En la segunda fase será de 45 días naturales.

El criterio de selección de las solicitudes en la resolución de concesión de la primera fase, será el de orden de entrada, siempre y cuando reúnan todos los requisitos. Las solicitudes que no obtuvieran subvención por superarse el presupuesto máximo de la fase, pasarán directamente a la segunda fase, en la que se aplicará el mismo criterio de selección, hasta agotar los créditos máximos de la convocatoria.

Se contemplan tres líneas de ayudas. La primera está destinada  a incentivar el consumo en los alojamientos turísticos, que incluye prestación de servicios de alojamientos por habitaciones, prestación de servicio de alojamiento íntegro y pernoctaciones en camping.

La segunda pretende incentivar la realización de actividades turísticas alternativas y servicios prestados por guías turísticos. La cuantía por cada empresa de actividades turísticas alternativas que se concederá es de 3.300 euros.

Y la tercera es la creación de paquetes turísticos provinciales por parte de las agencias de viaje de toda la provincia de Badajoz. La cuantía por cada agencia de viajes, debidamente habilitadas y registradas en el Registro de Empresas de Actividades Turísticas de Extremadura, que se concederá es de 1.200 euros.

Las solicitudes se tramitarán por medios electrónicos, preferentemente a través de la sede electrónica de la Diputación, o por cualquier medio especificado en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los anexos de la convocatoria se podrán descargar en la web: www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php

Simultáneamente a la presentación de la solicitud de participación, deberá tramitarse el alta de terceros ante la Tesorería provincial.

Los beneficiarios recibirán el 50% de la subvención tras la publicación de la resolución en la que resulta seleccionado, a través de transferencia bancaria. El 50% restante se abonará, por transferencia bancaria, una vez presentada la cuenta justificativa correspondiente a la totalidad de la subvención.

El plazo máximo para presentar la justificación del total de la subvención concedida, finalizará el día 15 de enero de 2021.