Como se anunció en la mañana de este sábado 26 de diciembre, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha acordado el cierre perimetral de Fuente del Maestre como medida de contención de la pandemia COVID-19.
En un comunicado sobre este cierre, el alcalde de la ciudad, Juan Antonio Barrios, ha explicado que “el cierre perimetral comenzó a las 00:00 horas del día 27 de diciembre, es decir, a las 12 de la madrugada del sábado a domingo, y se extiende hasta las 24:00 horas del 9 de enero, y como hay que respetar el toque de queda, hasta las 06:00 horas del domingo 10 de enero no se podrá salir de la ciudad”.

Además, ha detallado que “hoy domingo sólo estará abierta al tráfico la carretera EX360 (carretera que nos une con Villafranca de los Barros) y a partir del lunes estarán abierta al tráfico la carretera EX360 (carretera de Villafranca de los Barros) y la EX362 (carretera de Zafra).

Y ha incidido en que “las restricciones no afectan a los movimientos dentro del término municipal”.
Estas medidas ya han sido publicadas en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), donde se recoge la limitación de entradas y salidas del término municipal salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, en los términos que establezcan las autoridades competentes.

d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.