En el año 2019, el Tribunal Supremo dicta una sentencia, en relación al reconocimiento de los trienios de una trabajadora, que con anterioridad a un proceso de funcionarización, tenía reconocidos. En dicha sentencia dicho Tribunal declaró… “que el personal laboral tiene derecho a que los trienios reconocidos como personal laboral le sean abonados, tras adquirir la condición de personal funcionario, en la cuantía correspondiente al momento en que fueron perfeccionados”.

En los años 2001 y 2008, en la Administración Autonómica se produjeron sendos procesos de funcionarización, en los cuales trabajadores de algunas categorías profesionales, al cambiar de régimen jurídico, vieron sus retribuciones mermadas en el concepto retributivo correspondiente a los trienios. Una vez fueron objeto de funcionarización pasaron a percibir la cuantía correspondiente al grupo de asimilación de personal funcionario (trienios).

El SIP se puso en contacto con éstas personas que estaban afectadas, y que se les produjo una minoración de ese complemento, cuando pasaron de un régimen jurídico a otro. Seguidamente se presentó ante el órgano competente, la reclamación extrajudicial, manifestando la Sentencia del Tribunal Supremo objeto de amparo, la regularización de las cuantías correspondientes a los trienios reconocidos con anterioridad al proceso de funcionarización, así como el abono dejado de percibir durante los últimos cuatro años.

Según indican en nota de prensa, “ante la impasividad de la administración, nos vimos obligados a presentar el recurso Contencioso-Administrativo, solicitando nuevamente el reconocimiento de unos derechos adquiridos previamente mediante el correspondiente acto administrativo (Resolución del/la Director/a General)”.

Asimismo, añaden que tras la estimación en dicha instancia de todas las reclamaciones presentadas, la administración recurrió una de ellas, siéndole desestimada por el Tribunal Superior de Justicia, manifestando en la misma, que no ha lugar a la misma y ratificar la sentencia en primera instancia, dando la razón al funcionario.

De esta forma, en los primeros recursos, se están recuperando cantidades que oscilan entre los dos mil (2000) y los cinco mil (5000) euros, según cada caso en particular, lo que está provocando una cadena de nuevos recursos. Para ello, quienes estén interesados y deseen recuperar las cantidades que se les deben, pueden dirigirse al correo electrónico: correo@sindicato-sip.es

Por último, el SIP reitera “que está del lado de los trabajadores, sobre todo en cuanto a la recuperación de derechos se refiere”.