El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la resolución por la que incoa expediente para declarar como Bien de Interés Cultural (BIC) el Cerro del Castillo de la localidad pacense de Capilla en la categoría de Zona Arqueológica.

Ha de reseñarse, tal y como recoge la resolución, que el Cerro del Castillo de Capilla es un importante enclave histórico-patrimonial, tanto por su relevancia histórica como por las singulares características de los elementos que lo integran.

Esta Zona Arqueológica del Cerro del Castillo de Capilla ocuparía la cima, laderas y pies de esta sierra. En su parte más elevada, coronando el cerro, se encuentra el castillo, fortificación cuya construcción comienza en época islámica, datando sus elementos más antiguos de los siglos XII y XIII y en la falda meridional del cerro, y protegido por la fortaleza, se encuentra un excepcional poblado andalusí almohade de etapa tardoislámica.

La posición privilegiada de este enclave, determinada por sus singulares condiciones estratégicas y naturales, convierten este lugar en un emplazamiento privilegiado que ha permitido una ocupación dilatada a lo largo de la historia, conformando un conjunto de singular interés, tanto por su relevancia histórica como por las excepcionales características de los elementos que lo integran, como así recoge el informe.

Por ello, la propuesta de declaración de Bien de Interés Cultural del Cerro del Castillo de Capilla se realiza con la categoría de Zona Arqueológica, definida como “el lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica”.

De esta forma, y tras solicitud realizada por el Ayuntamiento de Capilla, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, inicia el expediente para declarar el Cerro del Castillo de Capilla como BIC en la categoría de Zona Arqueológica, puesto que reúnen unos valores patrimoniales históricos, arqueológicos, artísticos y paisajísticos excepcionales que justifican tal declaración para garantizar, de esta manera, su especial conservación, protección y defensa.