El Consejo de Gobierno ha aprobado en su sesión de este martes el decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el suministro y la distribución de frutas y hortalizas al alumnado de centros escolares en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Concretamente, los productos van destinados a alumnos matriculados en los centros escolares que impartan enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaría, seleccionados para participar en este Programa.

Para el curso escolar 2017/2018 las previsiones son que se distribuyan un total de 214.000 kilos de productos mediante 17 entregas en las que participarán 62.838 alumnos de 380 colegios.

Por otra parte, y con el fin de reducir los costes relativos a los productos a distribuir así como los medioambientales relacionados con la logística de la distribución, se dará prioridad a las frutas y hortalizas locales o de origen nacional y de temporada. Como novedad para este curso escolar se pretende incluir la ciruela.

La aprobación del nuevo decreto viene determinada por la necesidad de trasladar al marco normativo autonómico  las modificaciones introducidas en la normativa comunitaria y estatal básica que regula estas ayudas en el marco del programa de consumo de frutas y hortalizas en las escuelas.

De acuerdo con el nuevo decreto, los centros escolares que quieran participar en el Programa de consumo de frutas y hortalizas formalizarán su petición con arreglo a la instrucción que la Secretaría General de Educación dictará para la convocatoria de cada curso escolar.

En cuanto a los proveedores de frutas y hortalizas interesados en participar en el programa, que serán los beneficiarios de las ayudas, deberán tener sede social en Extremadura y  presentar una declaración de participación en un plazo que la Dirección General de Política Agraria Comunitaria publicará en el DOE, a más tardar el 15 de agosto del año anterior al inicio del curso escolar.

En este anuncio se establecerán los períodos de suministro y calendarios de distribución, así como disposiciones relativas a las categorías y calidad de los productos y cualquier otro requisito respecto a los centros escolares donde se distribuyan los productos, siempre de acuerdo con la estrategia nacional para la aplicación del programa escolar de frutas y hortalizas.

Además de cumplir estos requisitos, los proveedores que soliciten las subvenciones deberán acreditar que cuentan con  una estructura técnica y capacidad suficientes que permitan controlar la ejecución de la actividad y garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en el Programa.

Los productos que recibirán ayudas se establecerán en cada convocatoria atendiendo a lo establecido en la estrategia nacional, si bien, en ningún caso podrán contener azúcares añadidos, sal añadida, grasa añadida, edulcorantes añadidos ni potenciadores artificiales del sabor.

La ayuda irá destinada a financiar el suministro y la distribución, incluida la logística y el reparto de los productos al alumnado de los centros escolares. Los productos no podrán ser objeto de distribución en el marco de las comidas escolares ni fuera de los centros escolares.

El importe total de las ayudas concedidas será del cien por cien de los costes de las actividades subvencionables, sin que en ningún caso se superen las disponibilidades presupuestarias.

En la Comunidad Autónoma de Extremadura se han llevado a cabo estos planes desde su implantación, en el curso 2009/2010, incrementando año a año el número de niños y centros escolares participantes.

SUMINISTROS PARA EL HOSPITAL DE MÉRIDA

Por otra parte, el Consejo de Gobierno autorizó al Servicio Extremeño de Salud (SES) para realizar el contrato mixto para abastecimiento de víveres, a través de proveedor único, para el Hospital de Mérida, la Comunidad Terapéutica de “La Garrovilla” y el Banco Regional de Sangre de Extremadura, mediante acuerdo marco, con criterios en materia de compra pública de alimentos.

El presupuesto base de licitación, para un período de dos años, será de 1.535.561,90 euros.

Entre los objetivos asistenciales del Área de Salud de Mérida está la atención hostelera de los enfermos ingresados en el centro hospitalario emeritense, de  los usuarios ingresados en la Comunidad Terapéutica “La Garrovilla” de Mérida y la atención a donantes en las colectas del Banco Regional de Sangre, lo que obliga a cubrir el servicio de abastecimiento de víveres para la confección de los menús que satisfagan esta necesidad.

En el apartado de la Consejería de Economía e Infraestructuras, el Ejecutivo ha aprobado ha aprobado, mediante decreto, el Programa Anual de Estadística de Extremadura para 2018.

Por la Ley 6/2017, de 10 de julio, se aprobó el tercer Plan de Estadística de Extremadura, que extiende su vigencia desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2020, y se considera el instrumento de ordenación, planificación y sistematización de la actividad estadística pública de interés para Extremadura.

La citada Ley establece que el Plan de Estadística de Extremadura 2017-2020 se desarrollará a través de los correspondientes programas anuales, que a su vez serán aprobados por el Consejo de Gobierno en los términos previstos en la Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma.