El Sindicato PIDE ha remitido las instrucciones a todos sus afiliados para que aquellos que sean interinos puedan pedir, de forma gratuita, la extensión de sentencia que reconoce, con una retroactividad de 4 años a efectos administrativos y económicos, la incorporación el 1 de septiembre los interinos con vacante.

La sentencia que ganó PIDE en nombre de un afiliado al que se le reconocen sus derechos económicos y administrativos desde el 1 de septiembre es la única que reconoce una retroactividad de 4 años. Dicha sentencia al no ser recurrida por la Administración es firme desde el 4 de septiembre de 2020.

El fallo favorable del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Mérida reconoce a un interino con nombres y apellidos (representado por los servicios jurídicos de PIDE):

1. Todos los derechos económicos desde el 1 de septiembre.
2. Todos los derechos administrativos (por ejemplo de experiencia).
3. Reconocimiento y aplicación de estos derechos con una retroactividad de 4 años.
4. Sentencia firme en Extremadura que solo podía ser recurrida en el Supremo en casación, lo que finalmente no ha sucedido dado los argumentos claros del equipo jurídico.

PIDE ha facilitado gratuitamente para sus afiliados un documento de extensión de sentencia para que todos los afectados puedan exigir su aplicación.

Como dicha sentencia no ha sido recurrida por la Junta de Extremadura sino que ha procedido a su ejecución en Resolución de 4 de junio, PIDE solicitará a la Consejería de Educación su aplicación inmediata a todo los interinos con vacante, aplicando los mismos beneficios que la sentencia reconoce para el demandante representado por PIDE (el pago retroactivo de los días no abonados de los últimos cuatro cursos y el reconocimiento de todos los derechos administrativos).

Los docentes afectados desde el curso 2017-2018 al curso 2020-2021 serían un total de 3180 docentes. Lo que supone que el coste de reconocer los cuatros años de retroactividad es de 5.130.895,28€ y el coste anual consolidado desde este curso es de otros 1.289.200,26 €.

La sentencia considera ilegal y discriminatorio contratar a los funcionarios docentes interinos con varios días de retraso respecto a los funcionarios de carrera, irregularidad que está prohibida por directivas y sentencias de la Unión Europea. Estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por PIDE en representación de un afiliado, en reclamación de reconocimiento de derechos y de cantidad, por los días de diferencia de cese en cada curso escolar hasta la contratación en el curso siguiente; y, en consecuencia, condena a la Administración demandada a que se reconozcan los días de septiembre desde el curso 2014-2015 hasta el curso 2019 desde el día siguiente a que termine el contrato como profesor el demandante, hasta la fecha real en que se dio de alta en el curso siguiente, con los efectos económicos y administrativos que procedan, condenando al pago de los días dejados de percibir.

Desde PIDE reiteran que la mejor solución para todos es que la Administración reconozca de oficio la extensión de nuestra sentencia a todos los funcionarios de carrera e interinos a los que les corresponda.

ACTUALIZACIÓN

Tras la intervención en rueda de prensa del Secretario General de Educación la Administración educativa se ha reconocido de oficio la sentencia de PIDE que obliga a la incorporación de los interinos con vacante desde el 1 de septiembre, con una retroactividad de 4 años a efectos administrativos y económicos, cumpliendo así con su sentencia que es la única que reconoce dicha retroactividad.

Ante el acatamiento de la extensión de sentencia de oficio por la Consejería de Educación ya no es necesario que los afiliados hagan ningún trámite ante el juzgado de Mérida.