El Boletín Oficial de la Provincia publicó este martes 31 de diciembre el extracto de las bases para la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas con sede social y centros operativos en la provincia, para la mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025.

Con las ayudas obtenidas, las empresas podrán elaborar y desarrollar programas de mejora de la capacitación profesional de sus trabajadoras/es, adaptados a sus necesidades reales y específicas, tanto en lo relativo a la selección, los contenidos y la duración de las acciones formativas, como a su calendario y horarios de celebración, sus destinataria/os y a todos los aspectos relacionados con la organización de las acciones.

La cuantía total máxima para la citada convocatoria es de 100.000 euros. El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Las solicitudes se tramitarán a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es.

Las bases de la convocatoria se pueden consultar en el enlace https://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_boletin_completo.php?FechaSolicitada=20241231000000#Anuncio_06333

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas personas trabajadoras autónomas y empresas con personalidad jurídica propia, que tengan su sede social y sus centros operativos o productivos en la provincia de Badajoz.

Se considerarán gastos subvencionables aquellos facturados y pagados dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025, destinados al desarrollo de las acciones formativas incluidas en el Plan propuesto por el beneficiario y aceptado por la Diputación Provincial, y que correspondan a los siguientes conceptos:

  • Honorarios del profesorado, incluidos, en su caso, la manutención y los desplazamientos.
  • Gastos de desplazamiento y manutención del alumnado, para la asistencia a los cursos presenciales.
  • Materiales didácticos, físicos o digitales, directamente relacionados con las acciones formativas a impartir.
  • Materiales fungibles utilizados en los cursos.
  • Alquiler de locales, equipos o medios para la impartición de esas acciones.
  • Contratación de cursos con centros de formación especializados.