El Sindicato del Profesorado Extremeño (PIDE) denuncia que, desde el año 2014, no ha existido ninguna modificación de la Instrucción 23/2014 de la Secretaría General de Educación que regula las actividades extraescolares de los centros educativos públicos de Extremadura.
Recientemente se ha producido un triste y trágico suceso que llevó al fallecimiento de un alumno de 17 años de un instituto de Zaragoza en una excursión escolar (se precipitó por el hueco de las escaleras de emergencia del albergue donde pernoctaba) y que ha llevado al banquillo a dos profesores para depurar su responsabilidad, ha hecho saltar todas las alarmas por la desprotección jurídica que los profesores están inmersos en este tipo de actividades extraescolares.
De hecho, el referido IES zaragozano y otros muchos centros de Aragón han decidido no realizar actividades extraescolares. Ante este suceso y otros similares, el sindicato PIDE considera que deben implementarse una serie de mejoras y modificaciones que adapten dicha normativa autonómica a la situación actual para que los docentes participen en las actividades extraescolares, siendo conveniente una negociación de una nueva instrucción que, entre otras cuestiones, aclaren y mejoren las condiciones de trabajo de los docentes, las indemnizaciones a las que tienen derecho y las posibles responsabilidades: Actualmente toda la responsabilidad recae en el profesorado participante de manera directa e indirecta. A pesar de ser una actividad voluntaria, vocacional, para el máximo aprovechamiento del proceso de enseñanza/aprendizaje del alumnado, el profesorado está en todo momento en total desprotección frente a cualquier acontecimiento que de manera fortuita pueda suceder en el ejercicio del desarrollo de la actividad extraescolar, aun cuando los acontecimientos puedan escapar a su control, como puede ser un acto de madrugada en una pernocta, ya que son docentes, no agentes de la autoridad ni un cuerpo militar que pueda estar de vigilancia constante durante la pernocta del alumnado.
La instrucción vigente, se indica únicamente la cuestión de la responsabilidad patrimonial, por cierto con una norma ya caducada y no actualizada, pero en ningún momento se indica la cuestión de índole jurídico (asesoramiento, defensa, etc. del profesorado) por acontecimientos de denuncias por terceros, durante cualquier momento de la actividad, pues recordemos que el profesorado es responsable durante TODO el tiempo e la actividad, y si esta contempla pernocta, incluimos en esa responsabilidad las horas de la noche. El docente NO TIENE horas de descanso entre una jornada y la siguiente, cuando la actividad requiere más de un día, aunque normativamente deben existir 12 horas de descanso entre el fin de la actividad y el comienzo de la jornada lectiva en el centro.
La actual desprotección debe subsanarse de manera inmediata con la redacción clara de un protocolo de actuación jurídica inmediata a los docentes afectados por una situación en el desarrollo de la actividad. Es evidente que los servicios jurídicos de la Junta de Extremadura no pueden trasladarse de manera inmediata para atender dichas cuestiones, pero sí se tendrán que arbitrar los medios de contratación de defensa legal a nuestro profesorado, tanto en territorio español como en territorio del exterior a nuestras fronteras. En ese caso facilitar los contactos de embajadas, consulados o similares.
Las actividades extraescolares, que llevan asociadas un continuo trabajo de vigilancia y de actividad, no deben retribuirse como la asistencia a un órgano colegiado en horario fuera del ordinario. Las retribuciones docentes deberán establecerse como hora extra ordinaria de lunes a viernes entre las 15:00 y las 22:00 horas, así como hora extra nocturna entre las 22:00 y las 09:00 horas, y en el caso de festivos o fines de semana, aplicar el plus correspondiente.
En el caso de las actividades que se desarrollen fuera de la jornada docente deben siempre reconocerse y pagarse como horas extras. A estas retribuciones se añadirán los gastos derivados de indemnizaciones por razón de servicio, al igual que el resto del personal al servicio de la Junta de Extremadura.
Desde PIDE instan a los docentes extremeños a no realizar actividades extraescolares mientras la Consejería de Educación no apruebe una norma que proporcione la máxima protección jurídica a los docentes y se establezca un compensación económica acorde al esfuerzo que conllevan dichas actividades.

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