FINALIDAD
Las solicitudes de ayudas se dirigirán al Secretario General de Economía y Comercio.
Estas ayudas tienen como finalidad la modernización del comercio preestablecido, así como la incorporación de empresarios autónomos a la actividad comercial y la creación de microempresas y pequeñas y medianas empresas comerciales, en Extremadura.
Los gastos subvencionables en este serán exclusivamente los referidos a la salas de venta, entendiendo como tal la parte del establecimiento que se destina a exposición de productos, estancia del público y normal remate del acto de compra. No forman parte de la “sala de ventas” las superficies destinadas a oficinas, trastiendas, almacén y otras dependencias de acceso restringido, ni tampoco los servicios higiénicos del local, aunque sean asequibles al público en general.
DESTINATARIOS
Beneficiarios:
Cooperativa, Pyme, Autónomo/a
Personas físicas o jurídicas que cumplan las condiciones previstas para ser beneficiario en cada una de las modalidades de ayudas establecidas, pudiendo ostentar también esta condición las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado aun careciendo de personalidad jurídica propia.
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Individual
Sectores asociados:
Comercio, Servicios, Turismo, Otros
ALCANCE AYUDA
Modalidad:Ayuda directaAlcance de la ayuda:Tendrán la consideración de elegibles, las siguientes categorías de gastos:
a) Las obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al mismo.
b) La adquisición de mobiliario.
c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad.
d) La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas.
e) La adquisición de terminales del punto de venta.
f) La adquisición de programas de gestión.
g) Los gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes.
h) Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético.
i) Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.
j) Inversiones para mejorar y optimizar la iluminación interior y exterior del establecimiento comercial.
El proyecto de inversión deberá contemplar la adquisición de un terminal punto de venta, salvo en el caso de que ya lo dispusiera, en cuyo caso deberá acreditarlo.
Las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos elegibles, con un límite máximo global por establecimiento de 20.000 euros.
Conceptos subvencionables:Obras e instalaciones, Activos fijos (Maquinaria y/o bienes de equipo)
NORMATIVA Y SOLICITUD
Órgano gestor
Secretaría General de Economía y Comercio
Servicio de Comercio Paseo de Roma s/n. Mérida. Teléfono: 924005774 rocio.esteban@gobex.es
http://www.gobex.es/comercioextremadura
Recursos de la subvención o ayuda
Convocatoria 2017 ORDEN de 7 de diciembre de 2016
Solicitud de ayuda
Modificación Bases Decreto 278/2014, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 241/2013, de 23 de diciembre.
Acceso al Decreto Consolidado
Modificación del Decreto 241/2013, de 23 de diciembre. DECRETO 308/2015, de 11 de diciembre.
Bases reguladoras Decreto 241/2013, de 23 de diciembre
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