El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado una Orden por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua inglesa, francesa, portuguesa, italiana o alemana para el desempeño de la docencia bilingüe en centros docentes públicos no universitarios del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Podrán participar en el procedimiento de acreditación y habilitación lingüística para desempeñar puestos catalogados como bilingües el personal docente que se encuentre en situación de servicio activo en Extremadura, e integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad.

Para impartir cualquiera de las áreas, materias o módulos no lingüísticos incluidos en un programa bilingüe, el profesorado deberá acreditar el dominio de la lengua extranjera correspondiente equivalente al nivel B2, o superior de competencia lingüística del MCERL.

Una vez acreditada la competencia lingüística en nivel B2 o superior, la habilitación lingüística se podrá obtener por la vía de experiencia docente bilingüe, o por la vía de formación metodológica en bilingüismo.

La acreditación y habilitación lingüística obtenida facultará al profesorado funcionario de carrera, en el cuerpo correspondiente, para impartir, en la lengua extranjera que figure en la citada resolución, áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura que tengan autorizados proyectos plurilingües.

Un total de 489 docentes han obtenido el año pasado la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera, con los que suman, en las cinco convocatorias resueltas, un total de 3.252 docentes habilitados que están impartiendo clase en las 291 secciones bilingües que funcionan este curso.

SOLICITUDES

Las solicitudes para obtener la acreditación y habilitación lingüística en lenguas extranjeras se formalizarán según el modelo establecido e irán dirigidas al titular de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo.

Las solicitudes deberán cumplimentarse obligatoriamente mediante el modelo que estará disponible en la dirección https://pdocente.educarex.es/acreditacion/solicitud/ . Para ello, el usuario deberá autentificarse en la plataforma mediante la clave de acceso a Rayuela.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde mañana, día 2. Es decir, hasta el 15 de marzo.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Acreditación y Habilitación elaborará las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, que serán publicadas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación. Los listados también podrán consultarse en la dirección electrónica: https://www.educarex.es/ord_academica/convocatoria_927.html

Las listas provisionales indicarán expresamente el idioma para el que se solicita la habilitación o el motivo de la exclusión, en su caso, señalando un plazo de diez días hábiles para la presentación ante la Secretaría General de Educación de alegaciones y subsanación de defectos.

El plazo máximo para resolver el procedimiento será de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Concluido el procedimiento descrito y comprobado que todas las personas declaradas aptas reúnen los requisitos de participación establecidos, se emitirá, por parte de la Secretaría General de Educación, la correspondiente certificación de la acreditación y habilitación lingüística en la lengua o lenguas extranjeras por las que se hubiera participado.

La acreditación y habilitación en lengua extranjera obtenida por el profesorado tendrá carácter permanente y facultará al profesorado para el desempeño de puestos catalogados como bilingües en centros docentes públicos del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.