Nota de prensa PILTEx:
Ante la huida hacia delante de la Administración autonómica, la Asociación de Personal Interino y Laboral Temporal
de Extremadura ha manifestado su preocupación a los distintos grupos políticos, del drama que supone para miles de trabajadoras y trabajadores públicos que la Junta haya convocado por concurso oposición sus plazas para evitar así cumplir con la ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Personal éste al que le es de aplicación dicha ley y por tanto, un concurso de méritos para poder estabilizar sus
plazas.
Por el contrario, son numerosas las Administraciones que están actuando de manera contraria, intentando solucionar un problema largamente enquistado, y pensando en las personas, en las últimas semanas han salido a la luz dos esperanzadoras noticias para quien permanece en abuso de la temporalidad al servicio de las Administraciones públicas.
– La Diputación de Sevilla ha acordado la estabilización de 546 temporales mediante la fórmula de concurso de méritos, la cual está respaldada por la reciente normativa nacional para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Es, si cabe, más digno de celebrar que este acuerdo haya salido adelante con la firma de cinco sindicatos, incluidos CC.OO. y U.G.T., posicionados, afortunadamente para los sevillanos, diametralmente opuestos en sus opiniones respecto a sus delegaciones extremeñas.
– Por otro lado, el Ayuntamiento de Badajoz ha revocado los procesos selectivos de todas aquellas plazas convocadas a lo largo del 2021 y que ahora se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Ley 20/21 de reducción de la temporalidad.
Este desistimiento se apoya, según puede leerse en el Boletín Oficial de la Provincia, en la disposición adicional sexta de dicha norma, en la que se establece la posibilidad de convocar con carácter excepcional y, según el articulado del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, por sistema de concurso, aquellas plazas ocupadas por
temporales durante los últimos 5 años.
Estas dos decisiones tomadas por tan importantes organismos ratifican sendas ideas de PILTEx: la primera, la legalidad y conveniencia de ajustarse a la Ley 20/21 para la solución al problema de la temporalidad creado por las Administraciones públicas y prohibido por el derecho de la Unión Europea desde la aprobación de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada. La segunda, que la solución es más cuestión de voluntad y predisposición que de reglamentación y trabas burocráticas, y que llevar la condición de social en las siglas del partido es condición necesaria pero no suficiente para ejecutar unas políticas basadas en la protección de las personas hacia un estado de bienestar.
Así se lo ha manifestado PILTEx a los distintos partidos políticos de la Asamblea de Extremadura, incidiendo al PSOE de la necesidad de trasladarlo al poder ejecutivo, con la esperanza de que la Junta de Extremadura replantee su hoja de ruta en el exterminio que ha iniciado del personal temporal en abuso, cumpliendo a rajatabla la ley recién estrenada, y evite el cese de un gran número de trabajadores y trabajadoras, que son meras víctimas de la mala praxis de la Administración.
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