El Consejo de Comercio ha fijado, por consenso, los ocho días festivos de apertura de la actividad comercial para aquellos establecimientos que tienen una superficie útil para la exposición y venta al público superior a 300 metros cuadrados.

En concreto, durante la reunión celebrada este jueves de manera telemática y presidida por el vicepresidente del Consejo de Comercio y secretario general de Economía y Comercio, Antonio Ruiz, se han elegido ocho días entre los 14 días propuestos

De este modo, se fijan como festivos de apertura para el año 2022 los días 2 de enero, 14 de abril, 2 de mayo, 15 de agosto, 27 de noviembre, 8 de diciembre, 18 de diciembre y 26 de diciembre.

Adicionalmente, y antes del 15 de diciembre, las corporaciones locales podrán determinar a su criterio y conveniencia otros dos domingos o festivos hábiles para la actividad comercial que complementarían esos ocho.

A falta de esta notificación, se considerarán como tales, para cada municipio, las dos fiestas locales determinadas anualmente por el calendario laboral oficial de la Comunidad Autónoma.

La determinación de domingos y festivos hábiles para el ejercicio de la actividad comercial minorista en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2022, está basada en el artículo 30.3 de la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En ella se indica que se deberá atender de forma prioritaria el atractivo comercial para los consumidores de acuerdo con los siguientes criterios: la apertura en al menos un día festivo cuando se produzca la coincidencia de dos o más días festivos continuados; la apertura en los domingos y festivos correspondientes a los períodos de rebajas; la apertura en los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la Comunidad Autónoma; y la apertura en los domingos o festivos de la campaña de Navidad.