La vuelta a las aulas, a partir del próximo lunes, día 1 de junio, se llevará a cabo con la aplicación de una serie de medidas organizativas, de protección, prevención e higiene que permitirán preservar la salud y ofrecer un servicio educativo muy necesario, centrándose las actividades lectivas presenciales en la tutoría, orientación, repaso y preparación de pruebas finales de evaluación, promoción o titulación.

Así lo establece la instrucción de la Consejería de Educación y Empleo para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 2 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad que entra en vigor el día de su publicación para las tareas de organización y planificación y el 1 de junio para la atención presencial de alumnado y/o familias.

Dicha instrucción, que recoge aportaciones realizadas por sindicatos, equipos directivos de los centros de Secundaria y organizaciones empresariales de la enseñanza concertada, establece que se atenderá y dotará de recursos al alumnado que con mayor intensidad esté sufriendo la brecha social y digital ocasionada por la pandemia.

Las actividades lectivas continuarán prioritariamente a distancia y online y las presenciales serán voluntarias para el alumnado, que deberá confirmar el compromiso de asistencia.

El profesorado compatibilizará las actividades presenciales con las tareas a distancia o en línea, sin que ello suponga un aumento de su horario laboral semanal, ha explicado el secretario general de Educación, Rafael Rodríguez de la Cruz.

Para ello, los equipos directivos adaptarán el horario del profesorado que deba participar puntualmente en el desarrollo de estas actividades presenciales, que se organizarán 2 ó 3 días a la semana y con un máximo de 4 horas diarias.

Las agrupaciones de alumnos se harán garantizando la distancia mínima de 2 metros entre ellos y atendiendo prioritariamente al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo o especialmente vulnerable y que por su situación personal, socio-económica, brecha digital o cualquier otro motivo se hubiera descolgado parcial o totalmente del proceso de aprendizaje telemático. Los centros podrán seguir con la entrega o recepción de material educativo y/o tecnológico.

Dada su importancia en la asistencia del alumnado especialmente vulnerable y del que utiliza el transporte escolar, la instrucción contempla la incorporación del personal de los Equipos o Departamentos de Orientación, incluidos los educadores sociales, así como los especialistas en Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje, en función de las necesidades del alumnado y de la organización del centro.

Todas las medidas organizativas deberán recopilarse en la organización completa de la Fase 2 que los centros deben remitir a las respectivas delegaciones provinciales y para esto tendrán de plazo hasta el día 5 de junio inclusive.

Además, deberán remitir a las delegaciones provinciales, antes del 29 de mayo, el número de estudiantes por ruta de transporte escolar que van a hacer uso de este servicio.

Según la instrucción, durante la Fase 2 no se podrán realizar pruebas colectivas de evaluación presenciales, pero sí individuales o en grupos reducidos cuando el profesorado considere que dicha prueba pueda contribuir a mejorar el resultado de la evaluación del alumnado; serán pruebas voluntarias para el alumnado afectado y deberán garantizar la equidad y objetividad en los procesos de evaluación y calificación del aprendizaje.

Las actividades presenciales que se desarrollarán durante la Fase 2 serán de refuerzo, apoyo y orientación educativa, tanto en el caso de Educación Primaria como en los tres primeros cursos de ESO y el primero de Bachillerato y podrán organizarse individualmente o en grupos reducidos para el alumnado que, a juicio del claustro de profesores y/o previa petición de la familia, necesite realizar este tipo de actividades.

Para el alumnado de 4º de ESO, además de dichas actividades, se podrán organizar otras que le faciliten la orientación académica y profesional para consolidar o reforzar las competencias clave que les sean imprescindibles para la continuidad de sus itinerarios formativos posteriores.

Para el alumnado de 2º de Bachillerato, las actividades presenciales se centrarán en las materias susceptibles de ser evaluadas en la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad (EBAU).

En el caso de Formación Profesional, el alumnado de los segundos cursos de ciclos de Grado Medio, Superior y FP Básica podrán acudir a actividades lectivas presenciales de tutoría y resolución de dudas relacionadas con los contenidos que no hubieran superado en la evaluación ordinaria previa a la Formación en Centros de Trabajo y también podrá acudir de forma voluntaria el alumnado que tenga que hacer la defensa del módulo de proyectos.

Los centros de enseñanza de régimen especial abrirán, tras su limpieza y desinfección, para la realización de funciones administrativas y para la asistencia voluntaria del alumnado que curse estudios conducentes a certificación/titulación, según proceda en función del calendario escolar.

En el caso de las Escuelas Oficiales de Idiomas, el calendario escolar se ha modificado ampliando las actividades de docencia directa hasta el 12 de junio.

En los centros cuyas pruebas finales de promoción y/o certificación/titulación no hayan sido suspendidas, se podrán realizar de forma presencial, puntual y voluntaria, individualmente o en grupos reducidos, siempre que se pueda garantizar el protocolo de prevención y protección. También se podrá acudir a entregar trabajos con cita previa.

En el caso de la Educación de Personas Adultas, los centros abrirán para la realización de funciones administrativas y la organización de la vuelta a la actividad presencial y voluntaria del alumnado conforme a los aspectos singulares y particularidades de estas enseñanzas.

MEDIDA DE HIGIENE Y PREVENCIÓN

En cuanto a las medidas de higiene y/o prevención, la instrucción irá acompañada de un Protocolo de Seguridad y Salud elaborado por la Consejería de Educación y Empleo, cuyo borrador será sometido mañana a la aprobación del Comité Sectorial de Seguridad y Salud.

Dicho protocolo desarrollará las medidas contempladas en la instrucción relativas a la limpieza y desinfección de los centros, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios para garantizar las distancias de seguridad interpersonal.

La instrucción también recoge la limitación del empleo de documentos en papel y su circulación, así como la disposición de medidas de separación entre los trabajadores del centro y los usuarios en los lugares de atención al público y la provisión de material de protección a los trabajadores de los centros.

A los empleados con patologías sensibles al COVID-19 se les prestará una especial atención en la instrucción, que también refiere que ninguna persona con síntomas de COVID-19 podrá asistir al trabajo.

Entre las medidas extraordinarias de protección que deberán aplicar los centros educativos, la instrucción menciona la utilización individual de los aseos, para lo cual se colocarán carteles de “ocupado/libre” y otros que recuerden que es imprescindible bajar la tapa del inodoro antes de accionar la cisterna.

Los aseos, que se limpiarán al menos 3 veces al día, deberán disponer en todo momento de jabón y toallas desechables y estar dotados de cubo de pedal.

También serán de uso individual los ascensores, menos cuando la persona que los use precise la asistencia de un acompañante.

En las zonas comunes distintos carteles recordarán a los empleados que no deben permanecer innecesariamente en dichas zonas, así como la necesidad de mantener la distancia. La cartelería, que será descargable e imprimible a través de un enlace, recordará las normas específicas y las medidas de higiene básicas para prevenir la transmisión del virus.

En los espacios de trabajo que deban ser compartidos en esta fase, tales como centralitas, oficinas de administración, sala de profesorado, aulas y otras, se reordenarán para que coincidan en ellos simultáneamente lo menos posible o, si tienen que coincidir, ubicando los puestos lo más distanciado posibles, manteniendo al menos una distancia de separación de dos metros.

También deberán usarse individualizarse los útiles y material de trabajo y desinfectarlos tras su uso si es imprescindible compartirlos.

En lo que respecta a la atención al público, la instrucción establece la restricción en todo lo posible del acceso de público a las instalaciones y la reducción al mínimo imprescindible de la presencia simultánea de personas ajenas al centro, acotando las dependencias a las que pueden acceder.

Para acceder a los centros se exigirá mascarilla quirúrgica y, si es posible, la atención se hará a través de mampara y, en todo caso, manteniendo la distancia de seguridad entre empleados y usuarios. Los documentos recepcionados se archivarán en fundas de plástico durante tres días.

PERSONAL NO DOCENTE

En cuanto al personal no docente, la instrucción establece que a los centros de educación infantil de 0 a 3 años se incorporará el personal laboral para las tareas de limpieza, desinfección y acondicionamiento, así como para realizar los trámites de carácter administrativo interno, como es el caso del proceso de baremación de solicitudes para el próximo curso escolar. Se estima que será necesaria la incorporación del 50 por ciento de la plantilla, aunque será la dirección del centro la que determinará los efectivos necesarios.

En el resto de los centros educativos se incorporará la totalidad de la plantilla del personal de limpieza y ordenanza o subalterno y, en el caso de los centros de secundaria, los educadores sociales, mientras que continuará prestando servicio el administrador informático de cada instituto. La dirección del centro decidirá el número de ATE-Cuidador debe incorporarse para atender la demanda que la actividad docente presencial requiera, así como el número de efectivos que deba incorporarse por cada categoría.

El seguimiento de todas las medidas contenidas en la instrucción será realizado por las delegaciones provinciales de Educación, la Inspección General de Educación y Evaluación y la Dirección General de Personal Docente, a través del servicio de Salud y Riesgos Laborales de Centros Educativos, que informarán sobre su aplicación e incidencia en el funcionamiento del servicio educativo.